Con
la finalidad de prevenir las enfermedades respiratorias de los estudiantes,
garantizando la asistencia a las labores escolares y el cumplimiento de las
horas pedagógicas efectivas en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas
de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Educación Básica
Especial y Técnico Productiva, se ha emitido la Directiva Nº
11-2017-GRP/GRDS/DREP-DGP que norma y regula el horario de invierno en las Instituciones
Educativas.
En
tal sentido, los Directores de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas
de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Educación Básica
Especial y Técnica Productiva del ámbito de la Región de Educación Puno, deben
disponer el horario de ingreso, retrasándolo 30 minutos las Instituciones Educativas que laboran en
el turno de la mañana; para el caso de las Instituciones Educativas que laboran
en el turno de la tarde, deben disponer el adelanto en 30 minutos en el horario
de salida. Asimismo, las Instituciones
Educativas de Educación Básica Alternativa, deben adelantar 30 minutos el
horario de salida de los estudiantes.
Una
vez reajustado el horario deben dar a conocer a los docentes, estudiantes y
padres de familia, promoviendo un reajuste
en el uso del tiempo en las Instituciones Educativas sin perjudicar la duración
de la hora pedagógica de trabajo; de manera que se reajuste el tiempo destinado a la formación,
recesos, entre otros.
Asimismo,
deberán dar facilidades para el uso adicional
de ropa de abrigo como chompas, casacas y otros que permitan a los estudiantes
protegerse de las bajas temperaturas y del clima reinante en esta temporada.
Las Direcciones de las Unidades de Gestión
Educativa Local e Instituciones Educativas deben coordinar con los
Establecimientos de Salud de su ámbito, a fin de generar un conjunto de
acciones preventivas contra resfríos e infecciones bronco pulmonares, en el
marco del marco cooperación interinstitucional entre el MINEDU y el MINSA.
La
vigencia del horario de invierno dependerá de las condiciones climáticas de la
zona de influencia, para lo cual el Director en coordinación con el CONEI, los
profesores y la APAFA en reunión decidirán la vigencia del horario de invierno.
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